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¡Victoria histórica por el agua en Circasia! Consejo de Estado confirma fallo que obliga a solucionar la crisis del acueducto

Victoria histórica por el agua em Circasia
El Consejo de Estado ratificó la sentencia que ordena soluciones estructurales para el acueducto de Circasia.

Tras años de interrupciones en el servicio, infraestructura deficiente e incertidumbre en el suministro, los habitantes de Circasia logran un triunfo judicial sin precedentes. El Consejo de Estado confirmó en segunda instancia la sentencia que ampara los derechos colectivos de la comunidad y ordena la ejecución de soluciones estructurales e integrales para garantizar la prestación de un servicio de acueducto con calidad, eficiencia y continuidad.


La providencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Primera), con ponencia de la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón y firma de los magistrados Pablo Andrés Córdoba Acosta, Carlos Fernando Mantilla Navarro y Germán Eduardo Osorio Cifuentes, ratificó el núcleo de las órdenes emitidas previamente por el Tribunal Administrativo del Quindío.


El fallo establece con claridad que el Municipio de Circasia, en su rol de garante y supervisor, debe asegurar la prestación del servicio y que, ante la limitación de su capacidad, las demás entidades estatales están obligadas a actuar en coordinación, concurrencia y subsidiariedad.


Una hoja de ruta clara para la infraestructura del acueducto


La decisión judicial deja de lado las meras recomendaciones y se convierte en un mandato de obligatorio cumplimiento que contempla intervenciones prioritarias en la red de abastecimiento:


  • Optimización de infraestructura: Obras en la estación de bombeo Las Águilas, bocatomas, sistemas de captación, pretratamiento, aducción, Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP), redes y viaductos.

  • Almacenamiento y continuidad: Construcción de un nuevo tanque de almacenamiento, mantenimiento de la infraestructura existente y adquisición de plantas eléctricas de respaldo.

  • Gestión del recurso hídrico: Estudio para incrementar el caudal captado del río Quindío durante períodos de estiaje, sectorización de redes para evitar cortes masivos y búsqueda de captación por gravedad.

  • Eficiencia operativa: Caracterización de tramos críticos de fallas, reducción de pérdidas de agua, instalación de macromedidores y actualización del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA).

  • Protección ambiental: Compra y conservación de predios aguas arriba de las bocatomas y procesos de restauración activa mediante jornadas de siembra.


Respaldos de financiación y vigilancia estricta

Uno de los puntos clave modificados por el Consejo de Estado fue el Artículo Primero de la sentencia, mediante el cual se exhorta de manera vinculante al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a brindar el acompañamiento técnico y la asistencia financiera necesaria para el cierre presupuestal de las obras requeridas.


Por su parte, la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) dispondrá de un plazo de dos meses para presentar un Plan de Monitoreo de las fuentes hídricas abastecedoras (garantizando el caudal ecológico) y reportar los avances de los procesos sancionatorios ambientales acumulados. Asimismo, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios deberá auditar y vigilar las actuaciones de Empresas Públicas del Quindío (EPQ S.A. E.S.P.).


Empuje ciudadano en los tribunales

Este logro judicial fue impulsado por la Acción Popular interpuesta por Jesús Antonio Obando Roa, Jesús Santiago Obando Ospina y Aarón Salazar Latorre, la cual contó con la coadyuvancia de Luis Alberto Vargas Ballén, representante de la Veeduría Cívica Armenia y Quindío e integrante del Consejo de Cuenca del POMCA del río La Vieja.


Para asegurar que las órdenes no queden en el papel, el Comité de Verificación —presidido por el Tribunal Administrativo del Quindío e integrado por las autoridades locales, departamentales, nacionales y entes de control— rendirá informes de avance cada cuatro meses.

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